¿Cómo cumplir el RD1215/97 en líneas de fabricación con mix de máquinas anteriores y posteriores a 1995?
En las reuniones de trabajo para tratar la
certificación de equipos, solemos encontrarnos con que los profesionales se
polarizan en dos grupos de opinión:
A) ¿Aplicamos la Directiva máquinas 2006/42, y realizamos el marcado CE de la línea completa (como un todo), lo que supone la elaboración del correspondiente Expediente Técnico de la línea completa? O bien,
B) Aplicando el RD1215/97, ¿comprobamos que el conjunto de máquinas que trabajan de forma coordinada (la línea de producción) cumple con los requisitos de sus anexos 1 y 2?
No resulta fácil determinar por cuál de las dos opciones decidirse:
Por un lado, la directiva máquinas establece que si la intervención realizada en una máquina modifica de forma sustancial el sistema de seguridad original, debe certificarse con un nuevo marcado CE.
Por otro lado, de la lectura del RD1215/97 se deduce que en caso de que la modificación sea relativa a la seguridad deberá consultarse con el fabricante de la máquina en cuestión y, en caso de no tener dicha posibilidad, realizar la modificación por parte de personal competente, en base a una análisis de riesgos...
A grandes rasgos el trabajo a realizar acabará siendo el mismo: Se deben justificar los sistemas de seguridad adecuados al nivel de prestaciones requerido por los riesgos evaluados, realizarlo de acuerdo con las normas europeas aplicables y, de alguna manera, documentarlo.
Ambas opciones difieren en la forma que adquirirá la documentación que acompañe a cada una... con la importante diferencia de que, en el caso del marcado CE, la responsabilidad de la empresa firmante de la declaración de conformidad está establecida por la Directiva máquinas, y no sólo por la responsabilidad laboral de la empresa firmante, en el caso de la aplicación del RD1215.
Nosotros aconsejamos como planteamiento de partida trabajar en base al RD1215/97 cuando en la línea existen máquinas viejas (anteriores al 95), y con el marcado CE cuando todas las máquinas que forman la línea son nuevas (con marcado CE).
Entendemos que la certificación de líneas plantea dificultades, y desde aquí esperamos poder recibir las opiniones al respecto de todo aquél que se haya encontrado con este y otros dilemas. Participe.
A) ¿Aplicamos la Directiva máquinas 2006/42, y realizamos el marcado CE de la línea completa (como un todo), lo que supone la elaboración del correspondiente Expediente Técnico de la línea completa? O bien,
B) Aplicando el RD1215/97, ¿comprobamos que el conjunto de máquinas que trabajan de forma coordinada (la línea de producción) cumple con los requisitos de sus anexos 1 y 2?
No resulta fácil determinar por cuál de las dos opciones decidirse:
Por un lado, la directiva máquinas establece que si la intervención realizada en una máquina modifica de forma sustancial el sistema de seguridad original, debe certificarse con un nuevo marcado CE.
Por otro lado, de la lectura del RD1215/97 se deduce que en caso de que la modificación sea relativa a la seguridad deberá consultarse con el fabricante de la máquina en cuestión y, en caso de no tener dicha posibilidad, realizar la modificación por parte de personal competente, en base a una análisis de riesgos...
A grandes rasgos el trabajo a realizar acabará siendo el mismo: Se deben justificar los sistemas de seguridad adecuados al nivel de prestaciones requerido por los riesgos evaluados, realizarlo de acuerdo con las normas europeas aplicables y, de alguna manera, documentarlo.
Ambas opciones difieren en la forma que adquirirá la documentación que acompañe a cada una... con la importante diferencia de que, en el caso del marcado CE, la responsabilidad de la empresa firmante de la declaración de conformidad está establecida por la Directiva máquinas, y no sólo por la responsabilidad laboral de la empresa firmante, en el caso de la aplicación del RD1215.
Nosotros aconsejamos como planteamiento de partida trabajar en base al RD1215/97 cuando en la línea existen máquinas viejas (anteriores al 95), y con el marcado CE cuando todas las máquinas que forman la línea son nuevas (con marcado CE).
Entendemos que la certificación de líneas plantea dificultades, y desde aquí esperamos poder recibir las opiniones al respecto de todo aquél que se haya encontrado con este y otros dilemas. Participe.